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Criptomonedas y propiedades de inversión en el marco de las NIFs

El Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A. C. (CINIF) sigue actuando para cumplir el compromiso de buscar la convergencia con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).  Realizando ajustes a la para acompañar los constantes cambios en el mundo, así como también, después de una debida auscultación se emitieron nuevas normas que afectan las Propiedades de Inversión y las Criptomonedas.  

Con la emisión de la NIF C-22, Criptomonedas, los contadores ya cuentan con una normativa regulatoria para valuar y presentar las inversiones en criptomonedas en los estados financieros de las empresas.  La creación de esta normativa responde a una necesidad, ya que existen empresas que utilizan estos instrumentos para obtener un beneficio financiero sea por invertir, usar como medio de cobro o pago, realizar minería o resguardar ese tipo de activo virtual.  

Esta norma fue emitida debido a que cada vez más entidades realizan transacciones económicas con las denominadas criptomonedas, tales como: compraventa de bienes y servicios; transferencias; minería de criptomonedas, y servicios de custodia, cuyo volumen de operación crece día con día.  

Una criptomoneda es un activo digital único que sólo puede ser transferido de manera electrónica y que se utiliza como medio de pago, intercambio, o bien, su estructura está basada en códigos encriptados (criptografía). 

Por tanto, el objetivo de la NIF C-22 es establecer las normas de valuación, presentación y revelación para el reconocimiento en los estados financieros de una entidad, de: (i) las criptomonedas; (ii) los gastos de minería de éstas, y (iii) las criptomonedas que no son de su propiedad, pero se mantienen bajo su custodia. Esta norma entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2021, permitiendo su aplicación anticipada. 

Por otra parte, la NIF C-17, Propiedades de Inversión fue aprobada por unanimidad para su emisión y publicación, y su entrada en vigor quedó establecida para el 1º de enero de 2021, permitiendo su aplicación anticipada.  Esta norma tiene como objetivo regular la valuación, presentación y revelación para el reconocimiento contable de las llamadas propiedades de inversión en los estados financieros de una entidad.  

La NIF C-17 fue emitida para incorporar una nueva norma que abre la posibilidad de que las propiedades de inversión se valúen, a elección de la entidad, a su costo de adquisición o a su valor razonable, eliminando la supletoriedad de la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 40, Propiedades de inversión emitida por el International Accounting Standards Board (IASB) y derogando la Circular 55, Aplicación supletoria de la NIC 40, emitida por la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP). 

Adicionalmente, el CINIF emitió una Interpretación a las Normas de Información Financiera (INIF), la INIF 22, Reconocimiento del efecto esperado en las relaciones de cobertura por los cambios previstos en las tasas de interés de referencia. 

También se dieron a conocer una serie de Mejoras a las NIF, las cuales tienen como objetivo principal realizar cambios y precisiones a la normatividad vigente, para efecto de establecer planteamientos más adecuados.  

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